En la película "El Padrino" (1972), cuando su ahijado le cuenta a Don Vito Corleone (Marlon Brando) que el director de una película de inminente rodaje no le ha dado un papel que relanzaría su carrera, Don Vito, tras criticar su falta de coraje, le tranquiliza diciendo que va a hacerle al director "una oferta que no podrá rechazar" (en la siguiente y célebre escena, el director de cine descubre entre sus sábanas la cabeza ensangrentada de su caballo favorito).
Oferta-amenaza
Inspirándose en ese pasaje, el filósofo canadiense Hiller Steiner combinó las palabras "amenaza (threat) y "oferta" (offer) en el neologismo throffer para describir aquellas propuestas que prometen un beneficio si se aceptan, pero un grave daño si se rechazan.
Muchos filósofos consideraron el nuevo término innecesario, pues entendían que correspondía a la tradicional táctica del "palo y la zanahoria". Otros consideraron que era un caso especial de un concepto más general, el de las "ofertas coercitivas" (coercive offers) [véase 2.4], que son aquellas que el receptor se ve compelido a aceptar aunque no le gusten, en razón de que la alternativa es todavía peor [esa alternativa no tiene que ser, sin embargo, un daño si la amenaza se ejecuta: puede ser perfectamente el status quo o la situación que se producirá si el destinatario de la oferta no hace nada, de forma que solo exista una genuina oferta, sin amenaza alguna].
Como ilustraciones de tales ofertas coercitivas se señalaron la del "millonario lascivo" (lecherous millonaire) que ofrece a una madre la ingente suma precisa para salvar a su hijo de la grave enfermedad que padece, si acepta convertirse en su amante; el de las políticas de workfare,que condicionan la percepción de la prestación por desempleo a que el trabajador se muestre dispuesto a buscar y aceptar nuevos empleos; o la oferta a un delincuente sexual condenado a una larga pena a quedar en libertad si acepta su castración química.
Ofertas coercitivas
Pero ha sido en los mercados financieros -primero, respecto a las ofertas públicas de adquisición (opa) de acciones y, más tarde, a las ofertas de restructuración y canje de emisiones de bonos-, donde el concepto de "oferta coercitiva" ha hecho más fortuna.
Ejemplo típico es el de una opa a un precio poco atractivo o de carácter parcial, cuando es previsible que otorgue a quien la lanza el control efectivo de la sociedad aunque solo la acepten algunos accionistas. Pues bien, si la previsible actuación del futuro accionista de control suscita temores - por su torpeza en la gestión de otras compañías o porque se barrunta que perseguirá intereses propios-, los accionistas temerán que sus acciones pierdan valor tras la opa y eso les planteará un dilema: querrían que la opa fracase; pero como no tienen certeza de que eso ocurrirá, cada accionista, incapaz de coordinarse con los demás -especialmente si el plazo para aceptar la oferta es corto-, se verá tentado a acudir a la opa, de mala gana, para protegerse del desplome de la cotización tras la opa. Los accionistas se enfrentarán, pues, a un clásico "dilema del prisionero", en el que cada accionista, buscando su propio interés, provocará el resultado que todos detestan.
Con posterioridad, el concepto de oferta coercitiva se extendió a las ofertas de canje de bonos en situación preconcursal (coercive exchange offers): un acreedor puede verse forzado a aceptar la oferta de canje que le hace el deudor, aunque la considere demasiado gravosa, si teme que si se queda con los bonos antiguos saldrá todavía peor malparado (bondholder coercion).
La moción de censura
En mi opinión, la moción contra el presidente Rajoy que presentaron el viernes los diputados del PSOE es una astuta maniobra que aprovecha las reglas de la Constitución que regulan la moción de censura y podría verse como una "oferta coercitiva" que, sin necesidad de negociar con ellos, el Sr. Sánchez dirige a todos los diputados de grupos distintos al PP y a Ciudadanos.
La moción aprovecha, en especial, tres preceptos: el artículo 115.2, que impide al Presidente del Gobierno disolver el Congreso "cuando esté en trámite una moción de censura"; el artículo 113.2, que exige la décima parte de los 350 Diputados (es decir, 3 más de los 32 que tiene Ciudadanos) para presentar una moción de censura alternativa; y el artículo 113.4, que establece que si la moción de censura de Sánchez no fuera aprobada por el Congreso, "sus signatarios -esto es, los 84 diputados del PSOE- no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones".
Con la meteórica presentación de la moción, el Sr. Sánchez bloqueó tanto al Presidente del Gobierno -en el hipotético supuesto de que éste hubiera estado dispuesto a disolver las Cortes- como a Ciudadanos, que defendía, con buen criterio, la convocatoria de nuevas elecciones, ya fuera mediante presión conjunta al Sr. Rajoy o mediante la investidura de un presidente interino comprometido a convocarlas en breve.
El objetivo del Sr. Sánchez es claro: ejercer la presidencia durante el período más prolongado posible -para consolidarse y mejorar sus perspectivas electorales-, durante el que se apoyaría en una mayoría parlamentaria cambiante: la basada en Podemos y los partidos nacionalistas para aprobar ciertas leyes (tal vez la anulación de la reforma laboral de 2012); y el apoyo, más o menos reticente, del PP y de Ciudadanos para aprobar aquellas otras medidas "constitucionalistas" que no gusten ni a Podemos ni a los nacionalistas. Si como Presidente de Gobierno optara por la sensatez, el célebre e injustamente denostado artículo 134.6 le permitiría vetar cualquier iniciativa parlamentaria que aumente gravemente el déficit presupuestario.
Para lograr ese cambiante apoyo parlamentario al Sr. Sánchez le resultaría preciso no estar atado por ningún pacto y que su gobierno sea monocolor, como ya ha anunciado. Y para ser investido tampoco necesitaría en teoría -como también ha manifestado- llevar a cabo negociación alguna con PNV o los independentistas catalanes, ni hacerles ninguna concesión significativa. ¿Por qué?
He ahí precisamente la naturaleza "coercitiva" de su petición a tales partidos de que le invistan: puede que un Sánchez no dispuesto a hacer concesiones no les agrade a los nacionalistas; pero, si no le votan, la alternativa más probable sería la continuidad del presidente Rajoy, ya que la posibilidad de que Ciudadanos logre presentar, sin el apoyo del PSOE, una moción de censura "instrumental" sería limitada y, además, esa posibilidad no agradaría a quienes no tienen interés en que se celebren pronto unas nuevas elecciones generales y temen que Ciudadanos llegue al Gobierno.
No conozco personalmente al Sr.Sánchez, pero no me inspira confianza y la perspectiva de que sea investido me desasosiega. Ha sabido utilizar en su provecho, con astucia, las reglas constitucionales sobre la moción de censura y la actual aritmética parlamentaria. Salvo que en sus propias filas se produzca una improbable fractura, me parece posible que su moción triunfe (la clave estará, probablemente, en los cálculos del PNV).
Paradójicamente, que su oferta implícita a Podemos, PNV y nacionalistas catalanes para que le invistan sea genuinamente "coercitiva" -sin que al candidato, en su afán por llegar al poder, le tiemblen las piernas y caiga en la tentación de asegurarse su voto mediante contrapartidas- es el tenue hilo de esperanza al que podemos agarrarnos quienes observamos con inquietud su peligrosa maniobra.
Manuel Conthe
29-5-2018